Leyendo estas once narrativas de once mujeres, quienes todas hoy se nombran feministas, supe de nuevo que, existen múltiples caminos para llegar al feminismo y me reafirmo con lo que he venido expresando ya desde hace muchos años: una se vuelve feminista con su historia y el feminismo de cada una se inscribe en un recorrido vital particular. ( … )
En fin, las autoras de este libro nos muestran el matizado espectro del feminismo y los y las lectoras se encontrarán con feministas institucionales, independientes, académicas, artistas, políticas y militantes. Quiero hacer énfasis en que quienes lean los once capítulos que componen este libro conocerán una infinidad de miradas construidas por estas mujeres que aportaron y aportan desde caminos distintos, al reconocimiento de las mujeres como sujetas de derechos. Leyéndolas y rastreando sus huellas biográficas me acordé de Simone de Beauvoir cuando nos decía hace más de medio siglo que lo personal también es político. ( … )
La paz que demandamos las mujeres. Ojalá que seamos escuchadas y la lucha continúa porque todas, de una manera u otra, trabajamos para un mejor mundo y la paz, lo sabemos desde hace tiempo, será femenina o no será.
Investigador y presidente de ILSA. Integrante del Centro de Pensamiento Amazonias (CEPAM) Twitter: @Freddy_Ordonez
Freddy Ordóñez Gómez*
Pierre Bourdieu indica, en La fuerza del derecho[i], que el campo jurídico “es el lugar de concurrencia por el monopolio del derecho de decir el derecho” (p. 169), y como campo, en éste se enfrentan unos agentes especializados (magistrados, jueces, abogados, asesores legales, profesores, etc.) investidos de una competencia inseparablemente social y técnica, consistente en la facultad socialmente aceptada de interpretar el cuerpo normativo en el que se establece la visión adecuada del mundo social, lo que los diferencia radicalmente de los profanos. Nos recuerda el sociólogo cómo en el campo jurídico los profesionales, lawyers, juridifican problemas y conflictos ordinarios, lo que implica contar con un poder de construir aspiraciones jurídicas, definir derechos e injusticias, a partir de la producción de las necesidades de sus servicios, algo que está guiado por sus ambiciones financieras, por sus intereses más específicos, y “también por sus propias disposiciones éticas o políticas, principios de afinidades socialmente fundadas con sus clientes” (p. 195).
A inicios de los años de 1970 empiezan a surgir en el país proyectos de servicios legales, organizaciones no gubernamentales, ONG, dedicadas a la defensa de los derechos humanos, como el Centro de Investigación y Educación Popular, CINEP, en 1972; el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, CSPP, en 1973; la Asociación Interamericana de Servicios Legales, ILSA, en 1978; y el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, CPDH, en 1979, constituyéndose un número significativo de estas a partir de la década de 1980. Estas organizaciones se conformaron por profesionales que se reconocen como abogados populares y por académicos y cientistas sociales que configuraron a las ONG como intelectuales colectivos.
Los abogados e integrantes de estas organizaciones tuvieron un habitus jurídico diferente al de los profesionales con una posición dominante en el campo y al habitus de clase de estos. En efecto, si el habitus jurídico, siguiendo a Fortich y Moreno, “es la forma de asimilar lo que es el derecho y la forma de poner en práctica esos conocimientos asimilados, porque todos los hábitos se reflejan en la acción práctica”, las organizaciones de servicios legales y los abogados populares de la década de 1970, a diferencia de los agentes, especialistas y profesionales dominantes encargados de producir o de aplicar el derecho, no buscan el mantenimiento del orden social y sus intereses no corresponden con quienes ocupan posiciones dominantes en el campo político, sino que asimilan que el derecho (el discurso del derecho) esconde “bajo estrategias de universalización, las relaciones de dominación que traducen en formas jurídicas”[ii], planteaban un entendimiento y una práctica emancipatoria del derecho en el campo jurídico.
Esta propuesta inicial parece haber cambiado con la Carta de 1991, la formulación del Estado social de derecho y el papel de la Corte Constitucional que aumentaron la esperanza en el derecho y en el alto tribunal como posibilidad de cambio social. Las promesas de la Constitución implicaron un mayor énfasis de las organizaciones de servicios legales en la promoción y exigencia de los derechos consagrados, siendo entonces la Carta un punto trascendental en los entendimientos y aproximaciones al derecho y a los derechos humanos por parte de miembros de las ONG, llegando así a transformar la mirada sobre su propia intervención y sus alcances, esto a pesar de que el nuevo marco constitucional no contribuyó a consolidar la paz, a cimentar un orden justo y a fortalecer una democracia abierta a la participación; y de la poca capacidad del tribunal constitucional para atacar los intereses de sectores dominantes y afectar la reproducción dentro de los diferentes campos.
Muchos juristas y académicos, con un considerable capital social, cultural y jurídico, que estaban vinculados a las organizaciones no gubernamentales encontraron el cimiento del derecho mismo en la Constitución y siguiendo a Bourdieu (p. 172), vieron en ésta, “el fundamento trascendental a las formas históricas de la razón jurídica y a la creencia en la visión del orden social” que produce, gozando así de una muy importante eficacia simbólica. Contrario a lo anterior, abogados populares que todavía adelantan una práctica legal crítica postulan que la Carta política legitima la dominación, contribuye a perpetuar el orden social y a su reproducción, por lo que consideran que la lucha al interior de los diferentes campos (jurídico, político, social) está interrelacionada y debe incluir la superación de la dominación simbólica a través del actual texto constitucional, confrontando éste con la realidad social de los dominados, lo que desembocará necesariamente en un proceso constituyente.
[i] BOURDIEU, Pierre. La fuerza del derecho. Elementos para una sociología del campo jurídico. En: Poder, Derecho y Clases sociales. Bilbao: Desclée de Brouwer, 2001. Las diferentes citas del sociólogo corresponden a esta publicación.
[ii] GARCÍA, Andrés. Introducción. La razón del derecho: entre habitus y campo. En: Bourdieu, Pierre. Poder, Derecho y Clases sociales. Bilbao: Desclée de Brouwer, 2001, p. 39.
Investigador y presidente de ILSA. Integrante del Centro de Pensamiento Amazonias (CEPAM) Twitter: @Freddy_Ordonez
Freddy Ordóñez Gómez*
Roque Dalton (San Salvador, 14 de mayo de 1935 – San Salvador, 10 de mayo de 1975) puede ser considerado el más nuestroamericano de los salvadoreños. Se recordará que José Martí, planteó en su célebre ensayo Nuestra América, la necesaria unión de Hispanoamérica (concebida de manera amplia, incluyendo a Las Antillas y la Guyana francesa, las islas caribeñas de los Países Bajos y a Brasil) a partir de lo que es una historia común, dolorosa, diversa y particular de sus pueblos; región cuyos países son mestizos, viven una fuerte opresión (especialmente los afrodescendientes, campesinos e indígenas), pero en los que también existe el anticolonialismo, el rechazo a la ambición imperialista norteamericana, y una apuesta emancipatoria, de salvación y de despertar como proyecto (Martí, 1987).
El salvadoreño, intelectual, poeta, abogado y revolucionario, fue hijo de nuestra América, no sólo porque recorrió parte de la geografía de la región: además de su país natal, Roque trasegó por Chile, Guatemala, Honduras, México, Panamá y Cuba (de esta última, afirmaría: “Dos patrias tengo yo, Cuba y la mía”); ni porque su asesinato a manos del Ejército Revolucionario del Pueblo, ERP, fuera condenado por intelectuales, artistas y escritores de toda Latinoamérica, sino fundamentalmente porque su preocupación ética, “perseguir el bien de las mayorías a través de la acción política” (Alvarenga, 2016a, p. 130), desborda a El Salvador, cubriendo a nuestra América toda. Las mayorías fueron identificadas de forma muy general por Dalton como “clases explotadas (proletarios y campesinos, etcétera)” (Dalton et al., 2010, p. 198).
Lo anterior, como indica su biógrafo Luis Alvarenga, “es el pilar que, a su juicio, legitima el hacer poético. Se proclama convencido de que él, en lo personal, no podría escribir poesía lejos del ámbito de la política revolucionaria. Puede decirse que concibe a la literatura como algo que tendrá legitimidad en la sola medida en que contribuya a un proyecto de liberación nacional” (Alvarenga, 2016a, p. 130), pensado en perspectiva de región: “hablamos desde y para Cuba, desde y para América Latina”, indicó en una mesa redonda sobre el intelectual y la sociedad (Dalton et al., 2010, p. 182).
Dalton agencia un proyecto estético-político que, señala Luis Alvarenga, tiene elementos que pueden ser importantes para las luchas emancipatorias del presente cuando se está ante la desarticulación capitalista de la estética y la vida cotidiana, y el reconocimiento de la primera solo a través de la expresión artística (Alvarenga, 2016b, p. XLIX), siendo entonces importante recuperar o integrar la estética en la lucha emancipatoria para la construcción de una hegemonía alternativa (Alvarenga, 2016b, p. LI). Acá el salvadoreño nos aporta, de una parte, la crítica a la poesía, al lenguaje y al intelectual tradicional; y de otra, la posibilidad de identificación del sujeto de cambio, las clases explotadas referidas antes, como los ofendidos.
Patricia Alvarenga adelanta un riguroso recorrido por la obra de Roque Dalton para buscar la representación de las subjetividades que hace el poeta, encontrando que existen “dos concepciones de la subjetividad que no dejan de ser contradictorias, e incluso, irreconciliables” (Alvarenga, 2012, p. 185). Una de ellas la ubica al servicio de la teorización marxista-leninista de su época, identificada básicamente como pueblo, que en el trabajo de Dalton se reconoce también con el sinónimo de masa; y la otra, que expresa su experiencia vital, su exploración en el mundo relacional que da la posibilidad de la libertad al individuo, deconstruyendo al sujeto unitario.
Aunque la división propuesta por Alvarenga puede ser discutible (una mirada diferente tiene López, (2010)), nos interesa acá abordar la primera concepción de la subjetividad planteada por la autora, ya que ésta fue hacia donde el escritor dirigió sus principales preocupaciones acerca del rol del intelectual en la sociedad latinoamericana, dejando Dalton de lado la idea del pueblo como un actor homogéneo, para presentarlo más como un bloque social constituido por los oprimidos y los excluido: obreros, indígenas, campesinos, analfabetas, desocupados. Así, al cuestionar el accionar de los intelectuales, señala: escribimos “en un mundo en el que la mayoría no puede leer, no digamos periódicos, sino los letreros que indican que está prohibido continuar el camino porque ahí comienza otra propiedad privada. […] Realmente, en los hechos, ¿hemos escrito para los indios de Guatemala, Perú o Bolivia?, ¿para los obreros y los desocupados de México, Buenos Aires?” (Dalton et al., 2010, p. 185).
El pueblo en Dalton, además de oprimido y excluido, también es ofendido: es golpeado, encarcelado, odiado, despreciado y silenciado (Dalton, 2015, p. 1). Leyendo hoy a Dalton desde Colombia, se identifica que el ofendido se auto reconoce como tal, y por tanto como clase para sí, se halla en las campesinas y campesinos, los pueblos étnicos, las niñas y las mujeres, la población LGBTIQ+, las víctimas del conflicto armado interno, las madres de los ejecutados extrajudicialmente, los militantes de izquierda, los trabajadores urbanos informales y precarizados, los pobres, los migrantes, los estudiantes universitarios, los jóvenes que protestan en los barrios de las periferias de las grandes ciudades; todas y todos estos son quienes hoy deben llevar a cabo la obra de liberación en nombre las generaciones vencidas, de las generaciones ofendidas. El perseguir el bien de las mayorías a través de la acción política, en el marco de un proyecto de cambio, crítico y transformador de las construcciones coloniales, culturales, sociales, políticas, jurídicas y económicas, un proyecto superador de la opresión y de la exclusión en el país y en nuestra América, implica que ha llegado el turno del ofendido, del por años silencioso a pesar de los gritos.
Fuentes
ALVARENGA, L. (2016a). El ciervo perseguido. Vida y obra de Roque Dalton. Tegueste (España): Baile del Sol.
ALVARENGA, L. (2016b). Prólogo. Roque Dalton. Estética y revolución. En: R. Dalton. Poesía escogida. Antología personal (IX-LI). Caracas: Fundación Biblioteca Ayacucho.
ALVARENGA, P. (2012). El sujeto revolucionario en Roque Dalton. Cuadernos Intercambio. año 9, n. 10, 183-211.
DALTON, R. (2015). El turno del ofendido. China: Ocean Sur.
DALTON, R.; FERNÁNDEZ, R.; DEPESTRE, R.; DENOES, E.; FORNET, A.; GUTIÉRREZ, C. (2010). Diez años de revolución: el intelectual y la sociedad (conversatorio en el estudio de Mariano). En: A. Alonso y S. Valmaña (selección). Materiales de la revista Casa de las Américas de/sobre Roque Dalton (180-228). La Habana: Fondo editorial Casa de las Américas.
LÓPEZ, E. (2010). La liberación es el turno del ofendido. En: A. Alonso y S. Valmaña (selección). Materiales de la revista Casa de las Américas de/sobre Roque Dalton (311-333). La Habana: Fondo editorial Casa de las Américas.
MARTÍ, J. (1987). Nuestra América. En VV.AA. Temas de filosofía política latinoamericana (108-118). Bogotá: El Buho.