Autor: ILSA

  • La ultraderecha y el fascismo en la campaña presidencial colombiana

    La ultraderecha y el fascismo en la campaña presidencial colombiana

    En 1925, José Carlos Mariátegui, el primer marxista de América, publicó su obra La escena contemporánea, en la cual compiló más de 40 textos, agrupados bajo siete temáticas. El primer apartado del centenario libro se tituló Biología del fascismo, y encontramos en éste los principales planteamientos mariateguianos sobre este fenómeno y movimiento emocional y político italiano de la primera posguerra, eso que ha sido denominado como el fascismo histórico o el fascismo del siglo XX, y de cuyo análisis por parte del Amauta ya nos hemos referido.

    Un siglo después, el avance político y social de la ultraderecha a nivel global tiene su referente colombiano, hoy más claramente apreciable en la campaña presidencial del 2026, surgiendo entonces las preguntas: ¿Qué tanto de fascismo hay en esa ultraderecha colombiana? ¿Está en marcha un proyecto fascista en el país de la mano de las “nuevas derechas”? Intentaremos en este corto texto brindar algunos elementos que permitan dar respuesta a estos dos interrogantes, aportes que se suman a análisis elaborados desde el país sobre la caracterización de la actual derecha nacional y regional[1].

    Acá es importante recuperar la lectura de Mariátegui del fascismo como un movimiento que congregó una diversidad de categorías sociales, y cuya dirigencia provenía de un amplio espectro político (disidentes del socialismo, excombatientes, literatos futuristas, exanarquistas, sindicalistas, republicanos, fiumanistas, monarquistas ortodoxos, etc), lo que evidenciaba, un confusionismo ideológico que se cubrió bajo la bandera de la patria, monopolizando un estado de ánimo, el patriotismo del escenario posguerra, como discurso nacionalista principalmente de la clase media y de sectores resentidos por las conquistas sociales del proletariado, elaborado más pasional que teóricamente, concentrando a todos los elementos reaccionarios y conservadores, siendo la burguesía la que “armó, abasteció y estimuló solícitamente al fascismo” como “una ofensiva de las clases burguesas contra la ascensión de las clases proletarias”, llegando a constituirse como “una milicia civil antirevolucionaria”[2].

    Del abordaje de Mariátegui podemos extraer elementos estructurales —sin por ello generalizar o hablar de una continuidad— que permitan hoy pensar el fascismo como una presencia constante y situada, más allá de lo que fue el fascismo histórico de entreguerras, teniendo: (i) un conglomerado social amplio bajo una idea opaca patriótica y nacionalista; (ii) un lenguaje pasional y no racional del quehacer político; (iii) una clara orientación a favor de la burguesía y el capitalismo; (iv) un discurso y una práctica contra sectores sociales, clases subalternas y la izquierda, repudiadas y definidas como “enemigas” a eliminar; (v) el estímulo al accionar violento militar y paramilitar, incluso contra la democracia; y (vi) el repudio a la democracia participativa, pluralista y al Estado Social de Derecho.

    Ahora bien, consideramos la configuración social y política en Colombia de una ultraderecha que es hostil a la democracia ampliada, constituyendo una derecha radical, en términos de la exposición presentada por Daniel Trilling, que se ha apropiado del escenario político nacional que estaba reservado al tradicional Partido Conservador Colombiano. De esta forma, la ultraderecha es la muerte del conservatismo como proyecto político ideológico.

    Entremos ahora a presentar elementos que permitan abordar las preguntas inicialmente formuladas. La derecha radical colombiana en el debate presidencial tiene tres figuras destacadas: la exdirectora de la revista Semana Vicky Dávila, el abogado Abelardo De La Espriella; y la precandidata del Centro Democrático, María Fernanda Cabal, quienes se han orientado a exponer cada vez más rasgos fascistas en sus campañas. Así, el abogado apela a una poco clara y pasional “defensa de la patria” como eslogan de su campaña; la precandidata Dávila refiere a la valentía como característica de su proyecto político-electoral; los tres abordan los temas económicos y sociales con una clara orientación a beneficiar a gremios empresariales, inversionistas (nacionales y extranjeros) y sectores productivos; han atacado discursivamente a la izquierda y a los sectores políticos quedesde un horizonte más amplio están hoy en el Gobierno nacional; en la campaña también ha sido un factor común la agresión al pluralismo, representado en el trato colonial y racista a pueblos indígenas; los tres promueven el autoritarismo, el disciplinamiento, la seguridad y la militarización, afirmando el precandidato De La Espriella que a la izquierda toca “acabarla”, “erradicarla”, “destriparla como corresponde” y que el actual presidente “no vale ni una bala” una expresión que recuerda el lenguaje del paramilitarismo de las AUC y de los grupos inmersos en prácticas de exterminio social de décadas anteriores; por su parte, la precandidata Dávila afirma que acabará “la paz total”, y llamó a los militares y policías a “desobedecer al presidente”.

    Desnudar el horizonte fascista de los candidatos de la ultraderecha es necesario en el debate electoral a la presidencia. Acá es importante volver a Mariátegui, no solo para la urgente caracterización, sino también para no olvidar que el fascismo, una vez en el poder, tiende a ser más beligerante, más combativo, más intransigente y se sostiene como proyecto en la guerra. La alternativa a la ultraderecha desde las izquierdas es la paz como apuesta política, socioeconómica, ambiental y cultural. Es la paz donde, nos recuerda el Amauta, el fascismo no tiene capacidad de actuación.

    El pasado 5 de agosto, en el Gran Foro Urabá, la nueva potencia organizado por el diario El Colombiano en la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, se anunció que la región había “pasado la página”; que atrás quedaban décadas de guerra y de dolor, escribiéndose “una nueva historia”, todo gracias a Puerto Antioquia, a los gremios y al sector empresarial. Las referencias en el foro al actor privado como agente de construcción territorial y de ordenamiento político-administrativo fueron múltiples: desde la mirada de Augura y Uniban, “Urabá nace hace más de 110 años con un consorcio empresarial”, también indicaron que “primero que Apartadó estaba Uniban” y que en la región se ha dado “construcción de nación por parte del sector privado”. Para el asesor de la alcaldía de Turbo, en la región “somos más empresa que Estado”. La idea de frontera, de tierra a civilizar, como hace 100 años, sigue vigente: para el Secretario de Infraestructura de la Gobernación de Antioquia, “Urabá es la tierra prometida”. También la idea de Otredad y de raza antioqueña estuvo presente: “la forma antioqueña de hacer las cosas”, la “raza negra se integró con el indígena y con el paisa”, dijo un entrenador y gerente deportivo de la región. Todo esto, alrededor de la fiesta que genera para empresarios y actores políticos, el inicio de actividades de Puerto Antioquia.

    En la región, no se ha pasado la página de la violencia. Como ejemplo, en el año 2023 la Defensoría del Pueblo emitió la Alerta Temprana AT 014-23, en la que se aborda el riesgo que genera la incidencia en los procesos migratorios del conflicto armado y el crimen organizado en la zona (Necoclí, Turbo, Acandí, Juradó y Unguía); por su parte, el informe de seguimiento IS N° 018-2022 a la AT 008-2020, indica que el riesgo inicialmente identificado persiste. También, el empresariado sigue desconociendo a El Otro, representado en las comunidades afrocolombianas que habitan el Golfo de Urabá. En efecto, al día siguiente del Gran foro, La Chiva de Urabá anunciaba que el Tribunal Administrativo de Antioquia ratificó el fallo de tutela que ordenó al proyecto Puerto Bahía de Colombia de Urabá (Puerto Antioquia) realizar consulta previa, libre e informada con las comunidades afrodescendientes que habitan en la zona.

    A pesar de la estipulación del derecho a la consulta previa en el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo, OIT, en 1989, de su aprobación a través de la Ley 21 de 1991 y del reconocimiento como sujetos de los derechos que consagra el citado instrumento a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras según la jurisprudencia constitucional (C-169 de 2001), se les sigue vulnerando el derecho a la consulta previa y su garantía debe ser demandada ante el juez constitucional, como ocurre en el caso de Puerto Antioquia. De este proyecto portuario ya hemos escrito anteriormente, describiéndolo y presentando cómo se vulneran los derechos territoriales y a la consulta libre, previa e informada de las comunidades afrodescendientes habitantes del área de influencia e impactadas directamente por la iniciativa.

    El fallo de tutela emitido el pasado 10 de julio por el Juzgado Cuarto Administrativo Oral del Circuito de Turbo protegió el derecho a ser consultados de cuatro comunidades negras: el Consejo Comunitario Martin Luther King Esperanza 2000, el C.C. Los Mangos, el Consejo Comunitario Los Manatíes, y el C.C. Bocas de Atrato y Leoncito, habitantes del sector de los ríos León y Suriquí y la costa de la Bahía del Golfo de Urabá. Los accionantes describrieron en la solicitud de amparo algunas de las irregularidades que en el trámite del licenciamiento ambiental de Puerto Antioquia —adelantado por Puerto Bahía Colombia de Urabá, S.A.—, se dieron, primero con relación a la Resolución 0032 del 25 de enero de 2012 y posteriormente en la expedición de la Resolución 0078 del 28 de enero de 2016 (con la cual se modificó el proyecto), en cuanto a la certificación del Ministerio del Interior de la no presencia de comunidades negras en el área de influencia del proyecto y el accionar de la desarrolladora del puerto. Un proyecto frente al que actualmente la ANLA ha hecho un riguroso seguimiento, lo que contrasta con el accionar de la agencia y de otras entidades que, durante las presidencias de Iván Duque y Juan Manuel Santos, se orientaron a favorecer a los promotores del puerto.

    La accionada Puerto Bahía Colombia de Urabá, S.A., en una clara ofensa a las comunidades accionantes, respondió a las pretensiones señalando que “no existe afectación directa a los derechos fundamentales pues las operaciones portuarias en el golfo de Urabá se vienen realizando hace aproximadamente 60 años”. Seguidamente reconoció la existencia de comunidades negras en la zona de influencia del proyecto, con quienes ha adelantado, afirma, “un relacionamiento directo, permanente, transparente y respetuoso de los grupos étnicos”, a través, por ejemplo de reuniones —como la sostenida el 2 de mayo con representantes y miembros de los consejos comunitarios accionantes—, pero ese relacionamiento expuesto por la empresa se lee como incumplimiento del deber de debida diligencia en tanto tras conocer la existencia en el territorio de las comunidades no informó a la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior, para que esta determinara si procedía la consulta previa con ellas. Esta negación de los derechos de El Otro y por tanto el reconocimiento de su otredad, es una ofensa que se lee en más de una ocasión en el expediente de licenciamiento del puerto, LAM5060 de la ANLA.

    Alejandro Costa Posada, director ejecutivo de Puerto Antioquia, en el Gran Foro Urabá, la nueva potencia, afirmó: “socialmente necesitamos entender quiénes son nuestros vecinos y qué quieren y para dónde van y cómo se ven”. Es importante que estas afirmaciones no sean sólo para generar aplausos entre antioqueños que, como si estuvieran en 1925, ven en Urabá la tierra prometida y que dicen hacer un capitalismo consciente, sino que se traduzcan en el reconocimiento de los derechos de las comunidades étnicas que tienen por territorio y hábitat la Bahía Colombia, los ríos León y Suriquí, que se traduzcan en el reconocimiento de los Otros, de los ofendidos.


    [1] A manera de ejemplo, véase: MARTÍNEZ, José Honorio. La crisis del progresismo y la resurrección del fascismo en América Latina. Izquierda, 119, 2024; DE ZUBIRÍA, Sergio. Derechas, fascistización y perspectivas continentales. Izquierda, 117, 2024.

    [2] Sobre los ensayos compilados en La biología del fascismo, puede consultarse: BERRÍOS, Claudio. El fascismo en La escena contemporánea de Mariátegui: acercamiento a su biología. En: Sara, Guardia (ed.). El pensamiento de Mariátegui en La Escena Contemporánea del siglo XXI. Lima: Universidad Nacional de Moquegua, 2021, pp. 311-325; BERGEL, Martín. En busca del libro olvidado de Mariátegui (Estudio preliminar). En: José Carlos Mariátegui. La escena contemporánea. Lima: FCE, 2025.


  • Victoria en Paso El Medio: fallo del Consejo de Estado ampara el derecho a la vivienda digna

    Victoria en Paso El Medio: fallo del Consejo de Estado ampara el derecho a la vivienda digna

    En Colombia, el derecho a una vida digna es un privilegio, no una garantía. Te mostramos el caso de 32 familias víctimas del conflicto armado en Paso del Medio, María La Baja (Bolívar). Desde 2009 vivieron sin luz, agua, salud ni vivienda digna. Tras años de lucha legal, el Consejo de Estado falló a su favor en mayo de 2025: obligó al Estado a garantizarles servicios básicos y legalizar su asentamiento. Este fallo es un mensaje claro: el Estado no puede seguir invisibilizando a las víctimas desplazadas. Ahora, toca exigir que las órdenes se cumplan. 

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  • El poder constituyente: ¿un llamado autoritario o una necesidad para las reformas?

    El poder constituyente: ¿un llamado autoritario o una necesidad para las reformas?

    Durante las últimas semanas, el presidente Gustavo Petro ha insistido en la necesidad de un proceso constituyente que haga posibles las reformas sociales que el país requiere. Esta convocatoria al poder constituyente no es una novedad dentro de su gobierno. En un contexto en el que el Congreso de la República ha actuado como uno de los principales obstáculos para impulsar dichas transformaciones, el llamado a la ciudadanía se presenta como una alternativa democrática para que sea el pueblo quien decida directamente sobre el rumbo político y social del país. Sin embargo, este planteamiento ha generado una fuerte oposición entre sectores que lo interpretan como una expresión de autoritarismo por parte del presidente.

    Ante esta tensión, el debate público debería enfocarse en resolver dos interrogantes fundamentales que permitirían ampliar y profundizar la discusión. El primero, quizás el más básico, es: ¿qué entendemos por poder constituyente? A partir de esta definición surge un segundo interrogante igualmente relevante: ¿es autoritario hacer un llamado al poder constituyente? Solo comprendiendo la esencia del poder constituyente es posible determinar si este representa una amenaza para la democracia o, por el contrario, una de sus más auténticas expresiones.

    Desde la perspectiva jurídica clásica –aquella que se ha consolidado como la posición dominante dentro de un modelo estatal, formalista y positivista– el poder constituyente se define como la facultad del pueblo para crear normas constitucionales y organizar los poderes constituidos, es decir, las instituciones y autoridades que derivan su legitimidad de la Constitución. En otras palabras, el poder constituyente es la capacidad originaria del pueblo para instaurar un nuevo orden jurídico. Sin embargo, en la práctica, el debate entre el poder constituyente y los poderes constituidos se encuentra atravesado por una paradoja: una vez creados los poderes constituidos, el poder constituyente parece reducirse a una mera norma de producción del derecho. Es decir, el poder que debería representar la soberanía popular termina absorbido por la maquinaria institucional de la representación política y jurídica.

    Toni Negri, uno de los intelectuales que más ha profundizado en este debate, ha mostrado cómo la ciencia jurídica ha intentado, de diversas maneras, justificar la neutralización del poder constituyente. Según Negri, esta disciplina ha elaborado tres grandes perspectivas para explicar y, a la vez, contener su potencial disruptivo. La primera sostiene que el poder constituyente es un hecho que precede al orden jurídico y que, una vez creado este, queda relegado al exterior, siendo cualificado únicamente por los poderes constituidos. La segunda plantea que el poder constituyente es absorbido gradualmente por el poder constituido, de modo que ambos terminan entrelazados de forma inseparable. La tercera, por su parte, afirma que, al integrarse ambos poderes, el poder constituido puede interpretar, modificar o incluso redefinir al constituyente. En cualquiera de estas tres perspectivas, el resultado es el mismo: la ciencia jurídica busca subordinar la fuerza viva del poder constituyente al marco normativo del poder constituido.

    Bajo esta lógica, no sorprende que muchos juristas y académicos califiquen de autoritario el llamado de Gustavo Petro al poder constituyente. Sin embargo, tal acusación parte de una concepción teórica y política particular, la cual considera que el derecho debe anteponerse a la democracia, al cambio social y a la justicia. En esta visión, el derecho no es un instrumento al servicio de la transformación, sino un mecanismo para preservar el orden existente, garantizando la estabilidad institucional por encima de las demandas populares. De ahí que los argumentos de quienes se oponen al poder constituyente no sean neutrales ni puramente técnicos, como suelen presentarse, sino que responden a una postura ideológica que defiende el statu quo y desconfía del protagonismo político del pueblo.

    Por el contrario, si se asume, como plantea Toni Negri, que el poder constituyente está íntimamente vinculado a la democracia como poder absoluto, su ejercicio no puede interpretarse como una amenaza autoritaria. El poder constituyente, en su sentido más profundo, es la expresión directa de la soberanía popular, la posibilidad de que la comunidad política redefina sus reglas de convivencia, su estructura institucional y sus principios de justicia. Si este poder está ligado a la “preconstitución social de la totalidad democrática”, entonces se trata de una fuerza que puede manifestarse, formarse y reformarse continuamente en todos los ámbitos de la vida social. No se limita a un momento histórico puntual –como la redacción de una Constitución–, sino que constituye un proceso permanente de renovación democrática.

    En este sentido, el llamado al poder constituyente no debe entenderse como un intento de concentración del poder, sino como un gesto que busca reactivar la participación popular frente a una institucionalidad que, con frecuencia, se muestra incapaz de responder a las urgencias sociales. Negar esa posibilidad bajo el argumento del “autoritarismo” equivale a clausurar el debate democrático y a desconocer el carácter dinámico del poder político. La verdadera amenaza no radica en el ejercicio del poder constituyente, sino en su neutralización por parte de quienes, desde los privilegios del poder constituido, temen a la fuerza transformadora de la ciudadanía.

    En última instancia, el debate sobre el poder constituyente no es un debate meramente jurídico, sino profundamente político. Se trata de decidir si la democracia debe permanecer subordinada a las formas rígidas del derecho o si, por el contrario, el derecho debe ser el instrumento de la democracia para reinventarse y adaptarse a las nuevas demandas sociales. Recuperar el sentido emancipador del poder constituyente es, por tanto, un acto de afirmación democrática. En lugar de interpretarlo como un riesgo autoritario, deberíamos entenderlo como la posibilidad de reabrir los cauces de participación y justicia que la institucionalidad no puede ofrecer.

  • La muerte del gran Camilo Castellanos

    La muerte del gran Camilo Castellanos

    En la madrugada del 3 de octubre falleció el abogado, investigador y defensor de derechos humanos. Un escrito en su memoria

    Por: José Aristizábal G. | octubre 08, 2019

    Dijeron los cirujanos que su muerte fue causada porque tenía sus arterias coronarias muy obstruidas, lo cual le produjo el infarto y luego de la intervención quirúrgica de su músculo cardíaco, este no resistió. Algunos les agregaron: era un glotón empedernido que disfrutaba demasiado comiendo jamón, chicharrón, tortas y chorizos.

    Yo tengo otra versión. Su operación a corazón abierto fue exitosa en la mañana del dos de octubre. En la tarde, y hasta las diez y media de la noche, los reportes de los médicos informaron que estaba en recuperación, que su situación era estable. A tal punto que sus amigos nos relajamos, lo celebramos y algunos propusieron en el WhatsApp festejarlo con un sancocho tolimense. Y fue después, a las once, cuando explotó lo que ya nadie esperaba: la desoladora noticia fatal que nos convocó.

    ¿Qué fue lo que pasó realmente?

    El Negro Camilo, siempre tan analítico, tuvo el tiempo suficiente para una reflexión y una decisión.

    — Este es el mejor momento para partir, comenzó diciéndose a sí mismo.

    — Por muy bien que salga de esta operación, voy a quedar con un resto de problemas y restricciones. No podré comer lo que más me agrada, ni darme gusto a mis anchas en la mesa, ni siquiera en mi propia casa. Tendré que pasar de los guisos bien sazonados y adobados a viandas simples y desabridas, a tener que soportar las amigas y los médicos recomendándome una dieta, cada uno asegurando que esa es la mejor, la más acertada. Y seguro que me van a prohibir los dulces, el ron, el licor ¡Y a mí que no me gusta que estén prohibiendo nada!

    — Todxs mis amigxs me estarán jodiendo la vida para que rebaje de peso: mira que tienes que caminar y hacer ejercicio; mira que sigues obeso; fíjate que tienes que cuidarte, que ya estás en la lista, que tienes el preaviso, que ya no resistes ni dos peluquiadas. ¡Y a mí que no me trama que me traten de víctima!

    —Bueno, esto lo podría replantear, pues, al fin y al cabo hay que colocar por encima los intereses colectivos, el futuro de la causa— se reprochó a sí mismo por ese pensamiento.

    — Pero, para seguir viendo caer asesinados los líderes sociales, padeciendo las mafias adueñadas de casi todos los poderes locales y nacionales, descubriendo la mierda de la corrupción que se acumula día a día, no vale la pena someterme a un tratamiento perpetuo. Y si miramos para fuera, tampoco se vislumbran horizontes halagüeños en estos años de los Trump, los Bolsonaros, el recalentamiento del planeta. Después de sesenta años de luchas, no logramos la revolución, ni la reforma agraria, ni la paz, ni siquiera una apertura democrática, y aun cuando siempre he criticado o me he burlado de los pesimistas y los catastrofistas, ahora desde esta cama veo que, al menos para mí, la utopía no está nada cerca.

    — Además, continuó, esta puede ser la oportunidad para desvelar de una vez por todas si al fin hay una eternidad, un más allá, o un inframundo como dicen nuestros indios; si me encontraré con San Pedro y Dios, o con Yemayá, Changó y Ochún; y si en ese otro mundo hay librerías, bibliotecas, algo rico para leer y buena música, porque si no, pa´ qué. U otro universo paralelo, con tal de que allí no haya la maldita dependencia del dinero. O para sentir cómo mis últimas energías se dispersan en el Todo.

    — ¿Y qué hago con mis amigas y mis amigos? Ya les he dado mi cariño; los más queridos, que me han correspondido, si me han aceptado tal como soy, también me van a entender que me vaya ahora; a los demás, a los torcidos, no me importa lo que opinen. ¿Y qué será de mi último libro, Un clamor aventurero y revoltoso, al que no le he corregido la última coma? ¿Y quién editará mis piratas y mis Garfios?

    A estas alturas, sonaron las once de la noche. La mayoría de sus amistades ya nos habíamos tranquilizado con los informes, acostado o apagado el celular, y nuestro gran analista de la coyuntura, sedado, tranquilo, hizo el balance de todos sus argumentos y dijo:

    — Ya se leyó lo que se iba a leer, se escribió lo que se iba a escribir; ya comí y bebí lo que me dio la gana. ¿Cuándo volveré a encontrar una coyuntura como esta para irme? ¡Adiós! ¡Yo me voy!

    Y ese rebelde, que tuvo que acompañar en sus funerales a muchos amigos que no murieron de muerte natural, al que no se le daba nada salirse de una reunión o un sitio en donde no estaba a gusto; ese hombre bueno y noble, ejemplo de dignidad y consecuencia, ese maestro amoroso, decidió irse. Así se nos voló ese imán de la amistad que fue Camilo Castellanos.

    Se nos marchó el gozón que nos hacía reír; encuéntrese donde se encuentre, allá se estará comiendo un tamal con su sonrisa socarrona.

    Tomado de: [https://www.las2orillas.co/la-muerte-del-gran-camilo-castellanos/

  • Puerto Antioquia y la consulta previa a los Consejos Comunitarios del Golfo de Urabá

    Puerto Antioquia y la consulta previa a los Consejos Comunitarios del Golfo de Urabá

    Claudia Steiner en su célebre trabajo Imaginación y poder. El encuentro del interior con la costa en Urabá, 1900-1960 relata cómo la mirada que desde el interior de Antioquia se presentaba sobre la región del Urabá se construía sobre una noción doble de frontera: por una parte, el límite nacional a defender después de la secesión de Panamá, la región en la cual ejercer soberanía; y, por otra, la de una región de selva inhóspita a civilizar, una tierra salvaje a modernizar, con salida al mar y “riquezas naturales listas para ser explotadas por el elemento antioqueño”. Lo anterior no era solo el imaginario de pobladores o la idea de algunos individuos del interior del departamento de Antioquia, sino que fue el referente desde el que se tomaron decisiones políticas, económicas y sociales. Esta última forma de entender la frontera está claramente marcada por una idea de colonización del Urabá, asociada a la conquista del Otro, al cual había que incorporar en lo mismo o cambiarlo, lo que llevaba su negación y superación, desde una idea de raza antioqueña, que, nos recuerda Steiner, estaba fundamentada “en una serie de valores compartidos; entre estos, ser fervientes católicos, defensores de la vida familiar, muy trabajadores y, especialmente, blancos” (Steiner, 2019, p. xx). El discurso antioqueño sobre la región enfatizaba en ésta como “futura despensa de Antioquia”, una historia de Urabá que en el siglo XX “comienza con la penetración del capital y la entrada masiva de inmigrantes antioqueños”, señala la profesora Steiner (2019, p. xxx).

    El pasado 5 de agosto, en el Gran Foro Urabá, la nueva potencia organizado por el diario El Colombiano en la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, se anunció que la región había “pasado la página”; que atrás quedaban décadas de guerra y de dolor, escribiéndose “una nueva historia”, todo gracias a Puerto Antioquia, a los gremios y al sector empresarial. Las referencias en el foro al actor privado como agente de construcción territorial y de ordenamiento político-administrativo fueron múltiples: desde la mirada de Augura y Uniban, “Urabá nace hace más de 110 años con un consorcio empresarial”, también indicaron que “primero que Apartadó estaba Uniban” y que en la región se ha dado “construcción de nación por parte del sector privado”. Para el asesor de la alcaldía de Turbo, en la región “somos más empresa que Estado”. La idea de frontera, de tierra a civilizar, como hace 100 años, sigue vigente: para el Secretario de Infraestructura de la Gobernación de Antioquia, “Urabá es la tierra prometida”. También la idea de Otredad y de raza antioqueña estuvo presente: “la forma antioqueña de hacer las cosas”, la “raza negra se integró con el indígena y con el paisa”, dijo un entrenador y gerente deportivo de la región. Todo esto, alrededor de la fiesta que genera para empresarios y actores políticos, el inicio de actividades de Puerto Antioquia. 

    En la región, no se ha pasado la página de la violencia. Como ejemplo, en el año 2023 la Defensoría del Pueblo emitió la Alerta Temprana AT 014-23, en la que se aborda el riesgo que genera la incidencia en los procesos migratorios del conflicto armado y el crimen organizado en la zona (Necoclí, Turbo, Acandí, Juradó y Unguía); por su parte, el informe de seguimiento IS N° 018-2022 a la AT 008-2020, indica que el riesgo inicialmente identificado persiste. También, el empresariado sigue desconociendo a El Otro, representado en las comunidades afrocolombianas que habitan el Golfo de Urabá. En efecto, al día siguiente del Gran foro, La Chiva de Urabá anunciaba que el Tribunal Administrativo de Antioquia ratificó el fallo de tutela que ordenó al proyecto Puerto Bahía de Colombia de Urabá (Puerto Antioquia) realizar consulta previa, libre e informada con las comunidades afrodescendientes que habitan en la zona.

    A pesar de la estipulación del derecho a la consulta previa en el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo, OIT, en 1989, de su aprobación a través de la Ley 21 de 1991 y del reconocimiento como sujetos de los derechos que consagra el citado instrumento a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras según la jurisprudencia constitucional (C-169 de 2001), se les sigue vulnerando el derecho a la consulta previa y su garantía debe ser demandada ante el juez constitucional, como ocurre en el caso de Puerto Antioquia. De este proyecto portuario ya hemos escrito anteriormente, describiéndolo y presentando cómo se vulneran los derechos territoriales y a la consulta libre, previa e informada de las comunidades afrodescendientes habitantes del área de influencia e impactadas directamente por la iniciativa.

    El fallo de tutela emitido el pasado 10 de julio por el Juzgado Cuarto Administrativo Oral del Circuito de Turbo protegió el derecho a ser consultados de cuatro comunidades negras: el Consejo Comunitario Martin Luther King Esperanza 2000, el C.C. Los Mangos, el Consejo Comunitario Los Manatíes, y el C.C. Bocas de Atrato y Leoncito, habitantes del sector de los ríos León y Suriquí y la costa de la Bahía del Golfo de Urabá. Los accionantes describieron en la solicitud de amparo algunas de las irregularidades que en el trámite del licenciamiento ambiental de Puerto Antioquia —adelantado por Puerto Bahía Colombia de Urabá, S.A.—, se dieron, primero con relación a la Resolución 0032 del 25 de enero de 2012 y posteriormente en la expedición de la Resolución 0078 del 28 de enero de 2016 (con la cual se modificó el proyecto), en cuanto a la certificación del Ministerio del Interior de la no presencia de comunidades negras en el área de influencia del proyecto y el accionar de la desarrolladora del puerto. Un proyecto frente al que actualmente la ANLA ha hecho un riguroso seguimiento, lo que contrasta con el accionar de la agencia y de otras entidades que, durante las presidencias de Iván Duque y Juan Manuel Santos, se orientaron a favorecer a los promotores del puerto.

    La accionada Puerto Bahía Colombia de Urabá, S.A., en una clara ofensa a las comunidades accionantes, respondió a las pretensiones señalando que “no existe afectación directa a los derechos fundamentales pues las operaciones portuarias en el golfo de Urabá se vienen realizando hace aproximadamente 60 años”. Seguidamente reconoció la existencia de comunidades negras en la zona de influencia del proyecto, con quienes ha adelantado, afirma, “un relacionamiento directo, permanente, transparente y respetuoso de los grupos étnicos”, a través, por ejemplo de reuniones —como la sostenida el 2 de mayo con representantes y miembros de los consejos comunitarios accionantes—, pero ese relacionamiento expuesto por la empresa se lee como incumplimiento del deber de debida diligencia en tanto tras conocer la existencia en el territorio de las comunidades no informó a la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior, para que esta determinara si procedía la consulta previa con ellas. Esta negación de los derechos de El Otro y por tanto el reconocimiento de su otredad, es una ofensa que se lee en más de una ocasión en el expediente de licenciamiento del puerto, LAM5060 de la ANLA.

  • Escuela Popular de Protesta

    Escuela Popular de Protesta

    #FormarParaTransformar 🌷La Escuela Popular de Protesta, iniciativa de formación en conjunto con Ilsa y Lazos, concluyó su segundo ciclo en el año 2025 en la ciudad de Bogotá con participantes de 14 regiones del país. En este espacio, tuvimos la posibilidad de conversar alrededor de primeros auxilios y protección jurídica, física y psicosocial en contextos de protesta. Discutimos la importancia de revisar y reivindicar a las Comisiones de Verificación e Intervención como una apuesta organizativa por defender derechos humanos mediante la articulación y el trabajo en red; a su vez, enfatizamos en la comprensión de los Esquemas de Derechos Humanos como un ejercicio multisectorial que reconoce las prácticas de protección colectiva desde enfoques de género, étnicos y territoriales como una apuesta que nos permite resistir ante la represión estatal.

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    Fuente: Colectivo de Abogados y Abogadas “José Alvear Restrepo”.

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  • Darío Botero Uribe y la crítica del positivismo jurídico

    Darío Botero Uribe y la crítica del positivismo jurídico

    Este año se cumplen quince años del fallecimiento del profesor Darío Botero Uribe (21 de junio de 2010), una figura fundamental en el pensamiento jurídico y filosófico de Colombia. Este académico, que estudió derecho, ciencias políticas y filosofía, se destacó como docente y decano de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional de Colombia. Su trayectoria académica estuvo marcada por un esfuerzo constante de innovación intelectual, plasmado en la construcción de un proyecto filosófico original: el Vitalismo Cósmico, una visión que coloca la vida como el concepto central de la reflexión filosófica.

    A partir de su Vitalismo Cósmico, en 1993 el profesor Botero Uribe desarrolló su teoría social del derecho, distanciándose de la perspectiva tradicional que concibe el derecho como un simple conjunto de normas estatales. Para él, el derecho es ante todo una conciencia ciudadana de respeto al otro, y sólo se legitima en la medida en que logra crear un orden social justo y pacífico.[1] De allí la necesidad de un orden jurídico-social que no se reduzca a las normas jurídicas, sino que reconozca la vida y la justicia como sus fundamentos.

    Este planteamiento derivó en una de sus más importantes contribuciones: una crítica del positivismo jurídico, elaborada desde la perspectiva del vitalismo. Para el profesor Botero Uribe, sostener –como lo hace el positivismo– que el derecho está contenido en las normas creadas por el Estado es una postura reduccionista, pues traslada el verdadero origen de las normas a un plano aparentemente “extrajurídico”. De esta manera, el positivismo pierde la capacidad de entender la función social del derecho. En otras palabras, reducir el derecho a la norma significa convertir las preguntas esenciales –¿por qué existen las normas jurídicas? o ¿a qué responde un ordenamiento jurídico?– en asuntos ajenos al propio derecho.

    Así pues, para el profesor Botero Uribe, el positivismo jurídico representa una etapa tardía de la historia del derecho y la pérdida de la memoria del papel del derecho en la vida social.[2] La creencia de que cualquier sistema normativo, sin importar su contenido, es válido, indiscutible y obligatorio, hace que el positivismo jurídico recaiga en un fetichismo jurídico que ocultan las relaciones humanas vitales.

    Frente a este tema, lo preocupante, advertía el profesor Botero Uribe, es que el positivismo jurídico continúa dominando la enseñanza del derecho en Colombia. A su juicio, las facultades de derecho se han limitado a instruir en la manipulación de normas, formando técnicos de la ley más que juristas con verdadera conciencia ética. En ese contexto, sostenía que lo que se enseña en realidad “no es derecho, pues la ley no es derecho, sino apenas uno de sus instrumentos”.[3]

    El resultado de esta formación reducida se traduce en abogados que ven en la norma una herramienta para el éxito litigioso, pero no en una vía para transformar la vida social. Por ello, advertía que el positivismo jurídico sigue siendo el recurso predilecto de muchos abogados y académicos, justamente porque “ayuda mucho a la simulación intelectual”.[4] Se trata de una teoría que ofrece un aparente rigor, pero que evita responder a las preguntas fundamentales sobre justicia, vida y convivencia.

    Hoy, la crítica del profesor Darío Botero Uribe mantiene toda su vigencia. En un escenario en el que abundan normas jurídicas, pero escasea la justicia, su invitación resulta más urgente que nunca: no confundir el derecho con las normas jurídicas, ni creer que la mera existencia de un sistema normativo garantiza la vida digna de las personas. La enseñanza y la práctica del derecho deben recuperar el horizonte vital que él defendió. En últimas, el derecho tiene sentido solo si está al servicio de la vida.

    [1] Botero Uribe, D. (2005). Teoría Social del Derecho. Bogotá, Colombia: Universidad Nacional de Colombia.

    [2] Botero Uribe, D. (2001). El poder de la filosofía y la filosofía del poder. Tomo 1. Bogotá, Colombia: Universidad Nacional de Colombia., p. 129.

    [3] Botero Uribe, D. (2005). op. cit., p. 16.

    [4] Ibíd., p. 97

  • Un homenaje a César A. Grajales

    Un homenaje a César A. Grajales

    Un homenaje a César A. Grajales H., quien culmina su ciclo al frente de Diakonia Programa Colombia tras 24 años de incansable labor en la construcción de paz y la defensa de los derechos humanos en el país. Su liderazgo, durante este tiempo, ha sido una fuente de inspiración y ha dejado una huella imborrable en nuestras luchas, en las comunidades y en los procesos de mujeres que acompaña ILSA.

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  • Un paso adelante en la garantía de los derechos colectivos de la población desplazada de Paso El Medio

    Un paso adelante en la garantía de los derechos colectivos de la población desplazada de Paso El Medio

    Paso El Medio es una vereda del corregimiento de Matuya, en María La Baja (Bolívar), municipio de la subregión de los Montes de María. Esta comunidad, conformada por 32 familias —en su mayoría víctimas del conflicto armado—, se constituyó en el año 2009. Sin embargo, solo hasta inicios de mayo de este año comenzó a vislumbrarse la posibilidad de que sus integrantes puedan gozar, por fin, de derechos como la salud, la salubridad pública, el acceso a servicios públicos y la vivienda. La esperanza de la garantía de los derechos llega con el fallo de segunda instancia del Consejo de Estado del 2 de mayo de 2025 sobre una acción popular elaborada por ILSA que fue admitida por el Tribunal Administrativo de Bolívar, el 4 de noviembre de 2014.

    La acción popular se presentó ante la evidente falta de materialización de los derechos de quienes conforman la comunidad: viviendas en piso de tierra y paredes de madera; carencias de electricidad y de baños en las casas; agua para el consumo extraída de un pozo y del río; inexistencia de alcantarillado y servicio de recolección de basuras; e inseguridad alimentaria. Lo anterior, agravado al tratarse de población que ha padecido desplazamiento forzado. Al contestar la demanda diferentes entidades indicaron no tener responsabilidad frente a las violaciones de derechos colectivos, incluso llegaron a afirmar que las violaciones a derechos expuestas eran “consideraciones del demandante”, “apreciaciones de carácter subjetivo” y que “las condiciones de vulnerabilidad deben ser superadas por los núcleos familiares”; algunas entidades asociadas directamente a la violación de los derechos guardaron silencio. En su gran mayoría estas terminaron vinculadas a las órdenes del Consejo de Estado. El Tribunal Administrativo de Bolívar negó el 20 de septiembre de 2018, las pretensiones de la acción popular argumentando que no se cumplió con el deber probatorio.

    La Procuraduría 3 Judicial II Ambiental y Agraria de Cartagena y la Defensoría del Pueblo – Regional Bolívar solicitaron la revocatoria del fallo del Tribunal. La primera indicó que se desconocieron los derechos fundamentales de las víctimas del conflicto armado; que el juez de primera instancia omitió decretar pruebas de oficio; que es deber del Estado garantizar una vivienda digna; y que se responsabilizó a las víctimas de desplazamiento forzado por instalarse de manera irregular en un territorio rural sin servicios públicos. La segunda señaló que la primera instancia condicionó el ejercicio de los derechos colectivos de los actores a su ubicación geográfica; que irrespeta a las víctimas al endilgarles la responsabilidad de sus condiciones actuales; que desconoce el deber estatal de garantizar el derecho a la vivienda digna; niega la condición de sujetos de especial protección de la población desplazada por el conflicto; y, finalmente, que el Tribunal se equivocó al no tener en cuenta elementos probatorios del proceso.

    En el fallo de segunda instancia, el Consejo de Estado revoca la decisión anterior e indica que contrario a lo establecido por el a quo, estaba probada la condición de desplazados de los accionantes y su estado de vulnerabilidad. Además, señaló contundentemente que “la posición asumida por el Tribunal en la sentencia recurrida resulta abiertamente revictimizante” y que se trata “de una providencia que perpetúa con carácter institucional la desigualdad y exclusión estructural de las personas desplazadas”. Llamó la atención sobre la total despreocupación de las autoridades competentes para atender a la comunidad de Paso El Medio y para solventar la problemática ordena una serie de medidas dirigidas a diferentes entidades —principalmente al municipio de María La Baja y al departamento de Bolívar—, para identificar y caracterizar a la comunidad, legalizar el asentamiento, prestar los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, y para el acceso efectivo del derecho a la vivienda digna y a servicios integrales de salud. Así mismo, ordena conformar un Comité de Verificación de la Sentencia.

    La providencia representa un paso adelante hacia la garantía de los derechos de los habitantes de Paso El Medio, pero también deja ver la persistencia de problemas estructurales para que la población víctima de desplazamiento forzado superen la exclusión abisal y la sociedad civil incivil de las que nos enseñan las Epistemologías del Sur. A 21 años de haberse declarado un estado de cosas inconstitucional respecto de la situación de la población desplazada mediante la sentencia T-025 de 2004, y existiendo más de 10 millones de personas reconocidas como víctimas en el Registro Único de Víctimas, insistimos en que el derecho y la justicia no pueden ser usados por las entidades e instituciones para la revictimización y la exclusión, sino que —desde una práctica legal crítica y la apropiación contrahegemónica— debe orientarse a concretar la igualdad, a materializar derechos. El siguiente paso de los habitantes de Paso El Medio será hacia la implementación de la sentencia y el cumplimiento de lo ordenado por el Consejo de Estado.